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EL THE, ILEGAL; DEBE SER REVERTIDO: COPARMEX, CEMDA, CCE DEL CARIBE, UNIVERSIDAD DEL CARIBE
viernes, 13 de julio de 2007
Las siguientes son las conclusiones de las ponencias presentadas durante el Taller convocado por distintas organizaciones empresariales, académicas y ambientales sobre los ilegales cambios de uso de suelo que las autoridades municipales, tanto las anteriores como la actual, han autorizado y solapado, provocando la irritación social de la comunidad cancunense ante el evidente abuso de poder. Es de destacar que, por vez primera, confluyen organismos aparentemente antagónicos para analizar y plantear alternativas de solución a este problema ocasionado por las autoridades federales, estatales y municipales. Agradecemos a los profesores Priscila Sosa Ferreira y Alfonso de Jesús Jiménez Martínez la elaboración de este resumen y su autorización para publicarlo en Caribe Inversión. Alberto Barrios


La Universidad del Caribe, a través del Departamento de Turismo Sustentable, Hotelería y Gastronomía, El Centro Mexicano de Derecho Ambiental, COPARMEX Cancún y el Consejo Coordinador Empresarial del Caribe realizaron el pasado 6 de julio este taller para analizar, desde las perspectiva legal, política, económica y turística, los cambios de uso de suelo en la zona hotelera de Cancún, con la participación de los sectores público, privado, académico y de la sociedad civil.
Las conclusiones fueron las siguientes:
La Lic. Margarita Martínez (ex directora del Consejo Coordinador Empresarial del Caribe), en representación del Arq. Carlos Constandse (ex pre-sidente del CCE del Caribe) del Grupo Quintana Roo señaló:
“Después de tres décadas de actividad turística en Quintana Roo rebasando todas las expectativas de éxito, se confirma que los atractivos naturales del Estado figuran entre los más importantes de México, el Caribe y el mundo. Para poder mantener dicha tendencia, será necesario responder de manera oportuna a las exigencias de calidad, gustos y preferencias del turismo internacional. En virtud del crecimiento que se ha dado, el Grupo Quintana Roo, contrató al Despacho Grupo Ciudad para realizar un diagnóstico realizado por expertos sobre la situación actual en materia de impacto urbano de la zona hotelera de Cancún y sus expectativas. Entre los resultados del estudio se encuentran datos preocupantes: más del 30 por ciento del manglar en la zona de estudio se ha perdido a causa de la construcción de hoteles y condominios, lo que ha propiciado rellenos en humedales, sedimentación y cambios en las condiciones físico-químicas del agua, además de hoteles que se encuentran construidos directamente sobre la playa frente a mar abierto y en zona franca de impacto de huracanes y tormentas tropicales.
“En la zona se está dando un fenómeno de cambio de uso de suelo, de turístico a habitacional, situación que conlleva una problemática diferente a la planeada. Un suelo con uso habitacional va a requerir de equipamiento que cubra las necesidades de una población que va a quedar establecida con un carácter de permanencia, dentro del equipamiento demandante se van a encontrar: lugares de abastecimiento, escuelas, clínicas y hospitales, sitios de recreo y deporte, así como oficinas de administración pública y servicios urbanos. Además de la demanda generada de servicios municipales tales como: recolección de basura doméstica, seguridad, transporte público, entre otros
Señaló que de hacerse realidad las modificaciones pasadas por el cabildo en los discutidos cambios de uso de suelo THE, en menos de una década Cancún tendrá funcionando más de 45 mil 350 habitaciones, lo cual sobrepasa su capacidad de infraestructura por 14 mil 350, ya que la Zona Hotelera está planeada para soportar un máximo de 31 mil cuartos.
Mencionó también, que de continuar esta tendencia, para el 2016 Cancún habrá concluido su transformación de centro turístico 100 por ciento hotelero, a un destino residencial, con 21 mil 900 habitaciones inmobiliarias; las cuales significarán casi el mismo número de cuartos hoteleros, los cuales se prevé sumen 28 mil 500, es decir, la diferencia será de 6 mil 100 llaves, aproximadamente.
Se mencionó que existen acciones impostergables a tomar en la zona hotelera de Cancún, y que los problemas a atender se verán sumamente agravados de conservarse al vigencia de los cambios de uso de suelo que se dieron. Algunos de los problemas son:
a) La pérdida de agua potable por fugas irá en continuo aumento.
b) La contaminación de los mantos acuíferos que existe, y el peligro de que se potencialice, debido a la escasa red de drenaje en las periferias de la ciudad de Cancún.
c) La ampliación de la capacidad de las plantas de tratamiento de aguas residuales.
d) La necesidad de incorporar un sistema de reciclado de desechos, que le brinde un carácter de sustentabilidad a este aspecto.
e) Generar la infraestructura de equipamiento que requeriría un uso de suelo residencial, infraestructura que requiere de una mayor calidad que la del equipamiento para un uso de suelo hotelero.
f) Generar una solución al problema del tránsito vehicular, el cual ya está en una situación crítica en el Boulevard Kukulkán.
El ingeniero Sigfrido Paz Paredes (ex Subsecretario de Turismo, ex director de Aeroméxico), integrante del Consejo Coordinador Empresarial del Caribe, recordó en su ponencia que al ser Cancún un “proyecto integralmente planeado”, eso le daba un valor mayor frente a otros destinos, ya que en su planeación incluía aspectos importantes como el valor de las ventanas al mar y las playas públicas, pero igualmente daba certeza jurídica y administrativa por contar con instrumentos de planeación y orden. “Es decir -dijo el ingeniero Paz Paredes-, planear implica cuidar el paisaje, los recursos y la legalidad. En este sentido, la alteración. Los cambios caprichosos de uso de suelo obedeciendo a intereses de corto plazo e individuales no solamente altera el paisaje, la imagen, sino también la calidad del destino y por lo tanto su competitividad, pero además se pierde la certeza jurídica y la legalidad como marco de la actividad”.
Paz Paredes citó igualmente a Stanley Plog y su propuesta de ciclo de vida del destino. Al respecto señaló que la declinación de los destinos se relaciona precisamente con la pérdida de su imagen, sus recursos, sus condiciones sociales sanas y la legalidad.
El haber "destruido" el Plan de Desarrollo de Cancún no significa cambios en un documento ni modificaciones en espacios definidos, explicó el ponente, “sino que implica la destrucción de lo que podía haber sido un ejemplo de planificación y de lo que podía haber sido un verdadero éxito turístico. Si queremos recuperarlo y con ello mantener una competitividad, se requiere volver a un orden en el crecimiento y a la legalidad”.
Por su parte, la licenciada Marisol Vanegas Pérez, Directora de Turismo de REDES Consultores, realizó un diagnóstico de la situación actual desde la perspectiva turística, encontrando, por ejemplo:
"Los próximos años se mantendrán una dinámica muy creciente en la formación de oferta, cuya tasa será mayor que la de la demanda, esto tendrá como consecuencia tasas más bajas de ocupación y tarifas a la baja para contrarrestar el efecto. Es urgente la diversificación de producto, promoción a segmentos especializados y desaceleración en la creación de ofertas. Se desconoce el efecto de la opción de residencial turístico, en la oferta instalada. Experiencias en otros países harían pensar en un crecimiento del sector menos acelerado. El sector hotelero será el principal afectado". Advierte que "El modelo urbano de diseño del producto turístico (de los 80´s) desconocía al residente, trabajador y usuario local de los servicios turísticos. Algo impensable hoy en día"
Analizando la participación (o ausencia) del Estado y el sector privado en la planeación turística y los impactos sociales que se generan, revirtiéndose sobre la misma actividad, la licenciada Vanegas concluye:
La garantía del largo plazo para todos:
l Protección al recurso.
l Reglas claras para todos, alineación.
l Planeación desde la Ciudad
l Certeza para la inversión
l Seguridad y paz social
l Interés colectivo sobre el particular"
El objeto común es la CIUDAD POR ENCIMA DEL DESTINO; solo eso garantiza el futuro del propio destino"
El doctor Antonio Azuela, Investigador del Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM destacó que las facultades de los Municipios fueron ampliadas con la reforma al artículo 115 Constitucional en 1996; sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado que los ayuntamientos pueden ejercer las facultades para administrar usos de suelo solo si se ejercen de acuerdo a lo establecido en la legislación estatal correspondiente. Señaló las siguientes referencias:
(No. Registro: 200,050
Materia(s): Administrativa, Constitucional
Novena Época
Instancia: Pleno
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
IV, Octubre de 1996
Tesis: P. CXIX/96
Página: 179)
MUNICIPIOS: ESTAN FACULTADOS PARA EXPEDIR REGLAMENTOS Y DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS RELATIVOS A SU DESARROLLO URBANO, PERO DE ACUERDO CON LAS BASES NORMATIVAS QUE DEBERAN ESTABLECER LAS LEGISLATURAS DE LOS ESTADOS.
Si bien de lo dispuesto por el artículo 115, fracción V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se desprende que los Municipios están facultados para expedir los reglamentos y disposiciones administrativas que fueren necesarios para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal; participar en la creación y administración de sus reservas territoriales, y controlar y vigilar la utilización del suelo en sus jurisdicciones territoriales, de conformidad con los fines del artículo 27 constitucional, de acuerdo con la fracción II del mismo precepto fundamental, esa facultad debe regirse por las bases normativas que deberán establecer las legislaturas de los Estados. Por consiguiente, tal facultad no corresponde originalmente a los Ayuntamientos, sino que la tienen derivada, esto es, que su desempeño debe someterse a las bases normativas que establezcan las legislaturas de las entidades federativas, apoyadas en las mencionadas fracciones del artículo 115 de la Constitución Política.
Amparo en revisión 451/94. Juan Ruiz García y otro. 12 de septiembre de 1996. Unanimidad de diez votos. Ausente: Juan N. Silva Meza. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Constancio Carrasco Daza.
El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el tres de octubre en curso, aprobó, con el número CXIX/1996, la tesis que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis de jurisprudencia. México, Distrito Federal, a tres de octubre de mil novecientos noventa y seis.
Así mismo señaló que la aprobación de cambios de uso de suelo THE los cuales se otorgaron en franco incumplimiento a la Ley de Asentamientos Humanos de Quintana Roo, ya que ignorando lo establecido en diversos artículos, incluyendo el 27, y sin haber realizado los procedimientos de consulta, de publicidad, y de opinión por parte del Comité Municipal de Desarrollo Urbano y Vivienda, concluyendo entonces que dichos supuestos cambios de uso de suelo son inexistentes jurídicamente, y por lo tanto las licencias y autorizaciones que se deriven de los mismos, deberán declararse nulas.
ARTICULO 27.- La formulación y aprobación de los Programas de Desarrollo Urbano a que se refiere esta Ley se sujetará al procedimiento siguiente:
I.- La dependencia estatal o municipal, que conforme a su competencia, haya formulado el anteproyecto del programa de desarrollo urbano, lo publicará y difundirá ampliamente en los periódicos de circulación local, convocando a los interesados a emitir su opinión. Asimismo, remitirá dicho anteproyecto para opinión a la Comisión Consultiva de Desarrollo Urbano y Vivienda del Estado o al Comité Municipal de Desarrollo Urbano y Vivienda, según corresponda;
II.- La convocatoria respectiva, establecerá un plazo y un calendario de audiencias públicas para que la Comisión Consultiva de Desarrollo Urbano y Vivienda del Estado, el Comité municipal de Desarrollo Urbano y Vivienda correspondiente y a los particulares interesados, para que presenten por escrito a la dependencia competente, sus comentarios al anteproyecto;
III.- La dependencia competente incorporará los comentarios procedentes al anteproyecto y dará respuesta fundada a los improcedentes, quedando ambos a consulta de los interesados en la propia dependencia, durante un término improrrogable de cinco días hábiles.
IV.- Con base a los comentarios procedentes, la dependencia competente formulará el anteproyecto definitivo, que será aprobado y expedido por :
a) El Gobernador, en el caso del Programa Estatal de Desarrollo Urbano y los programas regionales y subregionales de desarrollo urbano o sus modificaciones;
b) El Ayuntamiento respectivo en sesión de cabildo, en el caso de los programas municipales de desarrollo urbano, los de centro de población y los que de estos deriven, y
c) Las comisiones de conurbación respectivas, en los casos de los programas de ordenamiento de zonas conurbadas interestatales
V.- Cumplidas las formalidades señaladas, el programa respectivo o sus modificaciones se publicará en el periódico oficial y en los periódicos de mayor circulación en el Estado o municipio correspondiente y, en su caso en los bandos municipales.
ARTICULO 28.- Los programas de desarrollo urbano serán publicados en el periódico oficial y en dos periódicos de mayor circulación en el estado o municipio de que se trate. Asimismo, serán inscritos dentro de los veinte días siguientes en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio
ARTICULO 29.- Los programas de desarrollo urbano a que se refiere esta ley serán sometidos a un proceso de revisión. Su modificación o cancelación se sujetará al mismo procedimiento que para su aprobación.
El catedrático señalo que el motivo por el que se tendrán que anular las autorizaciones que llevan esta clave, es en virtud de que jurídicamente, el instrumento vigente es el Programa de Desarrollo Urbano de Cancún el cual fue actualizado en 2005, mismo que no contiene la clave THE, lo que se puede ver claramente en la tabla 32, la cual señala los tipos de uso de suelo vigentes.
Otro aspecto importante que se tocó fue el hecho de que muchos de los cambios de uso de suelo hubieran sido aprobados en la administración anterior, y se hubieran mandado a publicar sin aprobación del cabildo actual, cuando necesariamente el presente cabildo debió haber autorizado dichos cambios.
La siguiente actividad consistió en la integración de una mesa de trabajo que discutió el tema del taller llegando a las siguientes conclusiones:
A) Marco General y de largo plazo:
La importancia de la planeación es todavía mayor en el caso de Cancún, por su rápido crecimiento, porque su mayor valor está en sus recursos naturales, por los problemas que ya enfrenta y porque lo exige su viabilidad como destino turístico. En este sentido, resulta importante no solamente a nivel local sino por lo que significa en el plano regional y nacional. Esta planeación debe ser integral, considerando todos los aspectos, ambiental, social y económico.
Se requiere igualmente la adecuada coordinación de los distintos niveles de gobierno y los diferentes sectores y poderes para la ejecución y desarrollo de esa planeación.
Los instrumentos de planeación deben ser difundidos y es necesario informar sobre los procesos de planeación de manera que los diversos sectores de la comunidad participen y para que conozcan y utilicen adecuadamente los términos relacionados con ésta.
Tener certidumbre jurídica es lo que dará seguridad a ciudadanos y empresas.
B) Problema de cambios de uso de suelo
l Los cambios de uso de suelo THE otorgados en la actual administración y la anterior no son inválidos, no se cumplió con la participación ciudadana en el procedimiento, además de una serie de irregularidades que deben ser revisadas.
l Cambios de uso de suelo THE contradicen, y alteran la lógica y estructura del Plan de Desarrollo Urbano. La dimensión de las repercusiones afectan necesariamente al Plan en su conjunto, no puede ser considerado un cambio aislado.
l La falta de consulta pública para las modificaciones las invalidan, por lo que procede su cancelación.
l Es necesario además, abrir la discusión sobre el tema al público en general.
l Es necesario realizar acciones legales en contra de actos de autoridad que han generado la problemática.
l La solución a los problemas que se presentan debe ser integral y por tanto requiere de diversas acciones.
l Existe una preocupación común sobre el tema, por lo que se debe realizar una estrategia con la participación de todos los sectores, con apertura y con tiempos determinados, la participación de todos dará validez a este proceso
l Existen otros temas relacionados, por ejemplo se resaltó la importancia de recuperar espacios públicos, como es el caso de las playas.
Dada la trascendencia del tema para nuestra ciudad, la mesa decidió continuar sus trabajos en reuniones subsecuentes que permitan dar seguimiento a los graves problemas de la ciudad..
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